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Preguntas frecuentes

OBLIGACIONES HACIENDA AEAT COMO PERSONA FÍSICA

  1. ¿Cómo funciona la presentación de los modelos de IVA 303?

A continuación, se da una breve explicación de cómo funciona el Impuesto sobre el Valor Añadido de forma sencilla y general. ** Se recomienda consultar con asesores para mayor detalle.

Las facturas emitidas llevarán IVA repercutido al 21% dado que la actividad servicios de arquitectura está plenamente sujeta y no exenta de este impuesto.

En el caso de que los bienes o servicios comprados o adquiriros también estén sujetos y no exentos de IVA, las facturas recibidas (gastos), deberán llevar el IVA soportado desglosado por dichas compras.

La cantidad a pagar en el modelo de IVA 303, será la diferencia entre el IVA Repercutido (ventas) y el IVA Soportado (compras). En el caso de que el resultado sea negativo, dicho importe se compensará en periodos posteriores. Si el resultado del 4º trimestre es negativo, tiene la opción de solicitar la devolución de dicho importe.

En dicho modelo, deberán diferenciarse el IVA Soportado Deducible en operaciones interiores corrientes y en operaciones interiores con bienes de inversión, entre otras.

  1. ¿Cómo funciona el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para una actividad profesional?

A continuación, se da una breve explicación de cómo funciona el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de forma sencilla y general. ** Se recomienda consultar con asesores para mayor detalle.

Los rendimientos de la actividad profesional se declaran en el apartado “Rendimientos de la Actividad Económica”. El cálculo del rendimiento se realiza por la diferencia entre los ingresos y los gastos deducibles.

Son gastos deducibles aquellos que se consideran necesarios e imprescindibles para poder desempeñar una actividad profesional o empresarial.

Requisitos para considerar un gasto como deducible (deben cumplirse todos):

  1. Que sea necesario para desarrollar una actividad económica o empresarial.
  2. Que estén correctamente justificados: Estos gastos deberán documentarse en una factura ordinaria que acredite su existencia. Un ticket no será suficiente para justificarlos.
  3. Que estén debidamente contabilizados: Los gastos deducibles deberán quedar recogidos en los libros de cuentas.
  4. El gasto ha de ser devengado en el mismo en el período impositivo del que se trate.
  5. El gasto debe tener su origen en elementos patrimoniales que sean propiedad del contribuyente y que están relacionados con actividades económicas.
  6. Tiene que ser necesario para poder obtener ingresos.
  7. Deben ser fehacientes. Es decir, que puede ser perfectamente demostrable.
  8. Debe cumplir con el principio de causalidad.
  1. ¿Cuándo debo aplicar retención en mis facturas emitidas?

El obligado a retener a cuenta es el pagador del servicio. Sin embargo, se recomienda, incluir la retención detallada en las facturas emitidas cuando su cliente sea otro empresario o profesional en el ejercicio de su actividad económica. Estarán obligados a retener aquellas personas indicadas en el artículo 76 del Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

  1. ¿Qué tipo de retención debo incluir en mis facturas?

La retención a incluir en sus facturas será la reducida, actualmente es un 7%, en el año en que se declare el alta de la actividad y los dos siguientes años. A partir del siguiente año, se aplicará la retención general, que actualmente es de un 15%.

La base de la retención es la base imponible de la factura emitida.

  1. ¿Cuándo debo retener a mis proveedores o acreedores en las facturas recibidas?

El obligado a retener a cuenta es el pagador del servicio. Deberás retener cuando el servicio consista en un servicio profesional, entre otros supuestos de retención contenidos en el art. 75 del Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

Veamos un ejemplo: si el arquitecto empresario individual contrata un servicio profesional a un ingeniero empresario individual, el arquitecto deberá retener al ingeniero un 15% o 7% de la base imponible e ingresar dicha cantidad a Hacienda a través del modelo 111 e informar en el modelo anual 190.

No se deberá retener a cuenta si el proveedor o acreedor acredite con un certificado actual de Hacienda que su alta de actividad está incluida en la sección primera del IAE “empresarial”.

OBLIGACIONES HACIENDA AEAT COMO PERSONA JURÍDICA

  1. ¿Cómo funciona la presentación de los modelos de IVA 303?

A continuación, se da una breve explicación de cómo funciona el Impuesto sobre el Valor Añadido de forma sencilla y general. ** Se recomienda consultar con asesores para mayor detalle.

Las facturas emitidas llevarán IVA repercutido al 21% porque la actividad servicios de arquitectura está plenamente sujeta y no exenta de este impuesto.

Las facturas recibidas (gastos) en caso de que los bienes o servicios comprados también estén sujetos y no exentos de IVA, llevarán indicado el IVA soportado por dichas compras.

La cantidad a pagar en el modelo de IVA 303, será la diferencia entre el IVA Repercutido y el IVA Soportado. En el caso de que el resultado sea negativo, dicho importe se compensará en periodos posteriores. Si el resultado del 4º trimestre es negativo, tiene la opción de solicitar la devolución de dicho importe.

En dicho modelo, deberán diferenciarse el IVA Soportado Deducible en operaciones interiores corrientes y en operaciones interiores con bienes de inversión, entre otras.

  1. ¿Cómo funciona el Impuesto sobre Sociedades?

A continuación, se da una breve explicación de cómo funciona el Impuesto sobre Sociedades forma sencilla y general. ** Se recomienda consultar con asesores para mayor detalle.

Una mercantil tributa por el impuesto de sociedades en función de su resultado económico. El resultado de una empresa se obtiene minorando de los ingresos los gastos deducibles.

Son gastos deducibles aquellos que se consideran necesarios e imprescindibles para poder desempeñar una actividad empresarial.

Requisitos para considerar un gasto como deducible (deben cumplirse todos):

  1. Que sea necesario para desarrollar una actividad económica o empresarial.
  2. Que estén correctamente justificados: Estos gastos deberán documentarse en una factura ordinaria que acredite su existencia. Un ticket no será suficiente para justificarlos.
  3. Que estén debidamente contabilizados: Los gastos deducibles deberán quedar recogidos en los libros de cuentas.
  4. El gasto ha de ser devengado en el mismo en el período impositivo del que se trate.
  5. El gasto debe tener su origen en elementos patrimoniales que sean propiedad del contribuyente y que están relacionados con actividades económicas.
  6. Tiene que ser necesario para poder obtener ingresos.
  7. Deben ser fehacientes. Es decir, que puede ser perfectamente demostrable.
  8. Debe cumplir con el principio de causalidad.

El impuesto sobre sociedades tiene un tipo de gravamen general del 25%, sin embargo, puede aplicarse el tipo reducido del 15% durante 2 años para aquellas empresas que causen inicio de actividad.

  1. ¿Debe una empresa retener a sus proveedores o acreedores en las facturas recibidas?

El obligado a retener a cuenta es el pagador del servicio profesional. Una empresa debe retener cuando el servicio adquirido consista en un servicio profesional, entre otros supuestos de retención contenidos en el art. 75 del Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

LICITACIONES PÚBLICAS

  1. ¿Qué puedo hacer si la valoración de mi oferta ha sido errónea?

Puedes formular recurso con la finalidad de que se corrija la valoración. Habitualmente el acto recurrible en estos casos es el acuerdo de adjudicación; no obstante, consulta tu caso particular.

  1. En la valoración de mi oferta no se me han otorgado los puntos relativos a la experiencia profesional porque los certificados que aporté presentaban deficiencias. ¿Puedo hacer algo?

Será necesario determinar exactamente cuáles eran los defectos de los certificados, pero a priori no puede descartarse que el órgano de contratación deba darte la posibilidad de subsanar las deficiencias que se han advertido. Solicita al órgano de contratación que te permita subsanarlos tan pronto como sepas que no se te ha dado la puntuación. En el caso de que no te lo permita o ni tan siquiera conteste a tu petición sería necesario estudiar el caso en concreto, pero, como te decíamos, a priori sería posible formular recurso.

 

Actualizado 19 de enero de 2023.

 

Fila 0. Donación solidaria Gala 26 oct 2022